El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas que se presenta en febrero de cada año, y permite a Hacienda cruzar datos informados de operaciones económicas entre proveedores y clientes, realizadas durante el año natural anterior. ¿Qué operaciones deben incluirse?
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Entregas y adquisiciones de bienes y servicios.
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Operaciones intracomunitarias.
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Operaciones con terceros países.
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Adquisiciones intracomunitarias de bienes usados y objetos de arte, antigüedades y coleccionismo.
En el modelo 347 deben declararse las operaciones del año natural anterior cuando, en su conjunto, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros (IVA incluido), incluyendo:
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Subvenciones y ayudas no reembolsables.
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Operaciones de entidades aseguradoras.
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Anticipos de clientes y proveedores.
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Arrendamientos no sujetos a retención.
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Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.
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Operaciones inmobiliarias.
La información sobre dichas operaciones se suministrará desglosada trimestralmente. A tales efectos, se computarán de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
La presentación del modelo 347 no es un impuesto, sino de una declaración informativa que permite comunicar a Hacienda los datos de las empresas o entidades con quienes hemos tenido una relación comercial, y el importe trimestral de la facturación realizada.